ACLARACIÓN DEL CTA A LA PREGUNTA DE SI SE PUEDE AMONESTAR A UN FUNCIONARIO OFICIAL
El Comité Técnico de Árbitros les informa que en el Libro XVII de las “Competiciones nacionales, en el artículo 31º E, dice textualmente:
“amonestará o expulsará, según la importancia de la falta, a todo futbolista que observe conducta incorrecta o proceda de modo inconveniente y asimismo, a “entrenadores, auxiliares y demás personas reglamentariamente afectadas”.
Tratándose de jugadores-tanto si están interviniendo en el juego como si se trata de eventuales suplentes o sustituidos-la amonestación o la expulsión se llevará a cabo mediante la exhibición, respectivamente, de tarjeta amarilla o roja.
Tratándose de entrenadores, auxiliares y demás personas reglamentariamente afectadas, el árbitro se abstendrá de exhibir tales cartulinas.